CÓDIGO DE UTILIZACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
PARA LA INTERPRETACIÓN DE CONFERENCIA
INTRODUCCIÓN
Para desempeñar correctamente su papel de
intermediario multicultural el intérprete
de conferencia debe realizar simultáneamente varias tareas complejas:
·
escuchar aquél que habla, observar las señales no verbales que
completan su mensaje, así como las reacciones de los destinatarios del mensaje,
y las comunicaciones entre los mismos;
·
analizar un mensaje efímero y vivo completo (tanto lo expresado como
lo sugerido);
·
interpretar el mensaje en otra lengua respetando las características
de forma y de fondo propias de otra cultura;
·
establecer con quienes le escuchan un contacto visual para confirmar la
comunicación.
En este sentido, es fundamental que el intérprete
disfrute de la vista directa de todos los protagonistas cuyos mensajes debe
interpretar.
Las nuevas tecnologías brindan oportunidades
que los intérpretes de conferencia valoran debidamente. La sociedad de la
información, por ejemplo, amplía las fuentes de consulta que ayudan a preparar
mejor las reuniones. También se agradecen las mejoras técnicas o ergonómicas
del material de interpretación .
Sin embargo hay que enfocar con mucha
prudencia otros desarrollos, como las teleconferencias por ejemplo. La relación
coste-eficacia no debe hacer caso omiso de la calidad global de la comunicación
multilingue que puede resultar perjudicada cuando se combinan una serie de
efectos nefastos (pérdida de la información no verbal del orador,
desconocimiento de las reacciones orales o semióticas de los otros
participantes, inestabilidad de la imagen, cansancio de la vista, sensación de
enajenación, luz artificial…).
Las nuevas tecnologías han de ser
instrumentos al servicio de un objetivo, en este caso la comunicación
multilingue, y no al revés. En este sentido, no es aceptable que las nuevas
tecnologías alteren la calidad de las prestaciones o empeoren las condiciones
de ejercicio de la profesión de intérprete de conferencia.
Por todas estas razones, los intérpretes de
conferencia de:
AIIC
(Asociación Internacional de Intérpretes de
Conferencia),
BDÜ
(Bundesverband der Dolmetscher und Übersetzer),
Tribunal
de Justicia Europeo,
OMD
(Organización Mundial de Aduanas)
Parlamento
Europeo,
SCIC
(Servicio Común Interpretación-Conferencias para la
Comisión Europea, el Consejo
de Ministros, el Comité Económico y
Social, el Comité de las Regiones,
el Banco Europeo de Inversiones, las Agencias
especializadas de la Unión Europea), adoptan el presente
C Ó D I G O
1. Antes
de organizar cualquier tipo de conferencia multilingüe con nuevas tecnologías
(videoconferencia, teleconferencia, por red, cable, Internet, etc., es preciso
consultar de antemano a los intérpretes
en cuanto a la viabilidad del proyecto y asociarlos desde el principio a la
preparación de la reunión para concretar con ellos la realización de la
misma. En cualquier caso, las condiciones se ajustarán como mínimo a las
normas ISO 2603, ISO4043, CEI914.
2. Para
los intérpretes, uno de los aspectos fundamentales de la norma ISO 2603 es la
vista directa de la sala. Seguir un debate en la pantalla, por muy buenas
que sean las calidades de sonido y de imagen, les priva del contexto global (complemento
del mensaje oral) indispensable para llevar a cabo correctamente su tarea. Por
este motivo, así como por razones de salud y de calidad, mantienen una
actitud crítica respecto a la
videoconferencia. Para admitir cualquier tipo de excepción a esta regla
de la vista directa sería preciso que:
·
Se cumplan estrictamente todos los demás principios de las referidas
normas, en particular, por lo que se refiere a la calidad del sonido (transmisión
fiel de la banda de frecuencias incluidas entre 125 y 12500 Hz), lo que
descarta cualquier forma de videoconferencia basada en las normas H320 que
limitan la banda de transmisión a 7500Hz, ya sea por líneas RNIS, redes LAN,
Internet, etc.
·
los intérpretes dispongan de imágenes de alta definición,
sincronizadas con el sonido, de una calidad que permita distinguir
correctamente las expresiones y gestos de los oradores y de los participantes.
Habida cuenta de las
dificultades específicas de la videoconferencia (pérdida de información no
verbal, cansancio visual inducido por las pantallas, luz artificial, mayores
esfuerzos de concentración y de tensión, etc.), se limitará a 2 horas la
duración total de la prestación diaria de los intérpretes.
Por otra parte, es inaceptable la
idea de desvirtuar la finalidad de algunas tecnologías pidiendo, por ejemplo,
a los intérpretes que trabajen con monitores/pantallas para interpretar a
distancia cuando todos los participantes se hallan reunidos en un mismo lugar
(teleinterpretación).
1. Cuando
se configuren las infraestructuras para reuniones multimedia, se cuidará de que los intérpretes tengan
acceso a las mismas informaciones que los delegados. A tales efectos, se
incluirán las correspondientes conexiones en las cabinas de interpretación
de las salas de conferencia nuevas o rehabilitadas.
Anexo técnico:
definiciones y normas aplicables (referencias y breve descripción)
DEFINICIONES
Teleconferencia
: toda forma
de comunicación entre dos o varios participantes que se hallan en dos o varios
lugares distintos, por medio de la transmisión de una o varias señales
"audio" entre estos lugares.
Videoconferencia
:
teleconferencia con una o varias señales vídeo que comunican imágenes de
todos o de algunos participantes.
Videoconferencia
multilingue :
videoconferencia en dos o varias lenguas con interpretación (consecutiva o
simultánea).
Teleinterpretación
: interpretación
de una videoconferencia multilingue cuando los intérpretes no ven directamente
ni el orador ni quienes le escuchan.
NORMAS APLICABLES: referencias y breve descripción
1.
Normas ISO para los equipos de interpretación simultánea
Norma
ISO/DIS 2603 (revisión de la norma ISO 2603 para las cabinas de interpretación
simultánea fijas y norma ISO/DIS 4043 (revisión de la norma ISO 4043) para las
cabinas móviles.
En
estas normas se definen las condiciones materiales que deben reunir las salas de
conferencia (cabinas de interpretación y aparatos). En las mismas se dispone,
por ejemplo, que el intérprete debe tener una vista directa de la sala así
como de la pantalla de proyección en su caso. Por lo que se refiere a la
calidad del sonido en los auriculares de los intérpretes, se estipula
expresamente que ha de reflejar fielmente
la banda de frecuencias incluidas entre 125 y 12500 Hz..
2. Normas de digitalización y compresión de las señales audio y
video
La
digitalización se hace por muestreo
de la señal (analógica) audio o video. Para digitalizar, por ejemplo, una
conversación telefónica, la señal audio se muestrea 8000 veces por segundo y
se codifica cada muestra en 8 bits, o sea que se producen 64000 bits por segundo
o 64 Kbps. La banda de transmisión no obstante se limita a 3,4 Khz. Como
comparación, la señal audio procedente de un lector CD se muestrea 44100
veces por segundo, o sea en una banda de transmisión comprendida entre 0 y 20
KHZ, y se codifica en 16 bits, generando de este modo una producción (bit rate)
de unos 711 Kbps antes de la compresión.
La
norma ITU-R 601 ("Studio-Quality TV ") se aplica a la transmisión numérica
de las imágenes TV. Los tres componentes de la señal video: R (rojo), B (azul)
y V (verde) se convierten en primer lugar en una señal de brillo Y (= R + B +V)
y dos señales de diferencia de colores: R-Y ET B-Y. Para cada imagen (o "frame")
con 486 líneas en el sistema NTSC y 576 en
PAL/SECAM, se toman 720 muestras
para el brillo, pero solamente la mitad (360) para las diferencias de color,
codificándose cada muestra en 8 bits. La producción (bit rate) es de unos 165
Mbps (1 Mbps = 1000 Kbps) antes de la compresión.
Para
poder realizar la transmisión mediante conexiones digitales, hay que convertir
previamente las señales audio y vídeo y comprimirlas para reducir el volumen
muy importante de datos. Esta compresión se efectúa por medio de un CODEC (Codificador
- Descodificador).
Los
sistemas digitales se caracterizan por una diferencia del tiempo de transmisión
(incluido el plazo de codificación/descodificación) según que la señal sea
audio o vídeo. Se produce como consecuencia un desfase fluctuante entre el
sonido y la imagen, que afecta la sincronización.
3.
Normas ISO-MPEG
MPEG
(Moving Picture Experts Group) es el nombre de una familia de normas
internacionales que codifican los datos audiovisuales en un formato digital
comprimido. La familia MPEG consta de las normas MPEG-1, MPEG-2 y MPEG-4,
respectivamente ISO/IEC-11172, ISO/IEC-13818 y ISO/IEC-14496.
La
norma MPEG-2 (IS0-13818) es la que se suele utilizar para la transmisión
digital de las imágenes TV. La transmisión de las imágenes con arreglo a la
norma ITU-R 601 requeriría aproximadamente 4, o incluso 25 a 34 Mbps para las
imágenes TVAD (1920x1080 pixeles y 60 imágenes/segundo).
Las normas MPEG-Audio Layer 1, 2 o
3, por orden de complejidad y de resultado crecientes, se aplican a la parte
audio.
4.
Normas 320.x de la Unión Internacional de Telecomunicaciones
Familia
de normas aplicables a las videoconferencias, para la transmisión audio y vídeo
por línea telefónica ordinaria (H324), RNIS/ATM (H320-H321-H310) o redes
locales (H322).
H.320 se basa en un algoritmo de compresión vídeo H.261 con dos tipos
de resolución:
CIF (Common
Interchange Format):
brillo:
352 muestras por línea, 288 líneas por imagen
colores:
176 muestras por línea, 144 líneas por imagen
QCIF (Quarter
Common Interchange Format)
brillo:
176 muestras por línea, 144 líneas por imagen
colores:
88 muestras por línea, 72 líneas por imagen
Las normas H.320 permiten alcanzar una producción de 30 imágenes/segundo
máximo.
La familia H.320 abarca tres normas audio aplicables a los codecs:
·
G.711, con
una producción de 64 Kbps, ofrece una calidad audio de 3-kHz, nivel teléfono;
·
G.722, con
un algoritmo de mejor calidad, alcanza 7.5-kHz con 64 Kbps de producción;
·
G.728 da
una calidad audio parecida al nivel telefónico
(3.4 KHZ), por tan solo 16 Kbps.
H.310
y H.321 adaptan la familia H.320 a nuevos protocolos de transporte como ATM y
RNIS de banda ancha. H.310, por ejemplo, utiliza el algoritmo de compresión vídeo
ISO MPEG-2, que permitiría obtener una calidad de imagen de alta definición.
ITU ha elaborado una serie de recomendaciones T.120, que definen las normas aplicables a las videoconferencias H.32x para intercambiar documentos.